LOS CABALLOS NO ESTAN SOLOS
domingo, 18 de septiembre de 2011
Sta Clara petiso en estado total de abandono 18/9/2011
de AYUDA A CABALLOS MALTRATADOS, el miércoles, 02 de febrero de 2011, 7:49
Queridos seguidores, ACMA Asociación Contra Maltrato Animal, desea transmitirles los pasos a seguir en caso de maltrato animal, para clarificar dudas y agilizar el trámite.
A) Si el animal está en la vía pública y se logró detenerlo:
1) Deberán constatar el estado general del animal, tomando fotos, ya que sirven como prueba para aportar en el expediente, lo que determinará ser nombradas como depositarias judiciales. Dicho nombramiento depende exclusivamente del Fiscal. Pedimos criterio para evaluar el estado del caballo, influye en la posterior entrega a su poseedor maltratador.
2) Llamar a la POLICÏA (911 o tel de comisaría) para que se apersone en el lugar del hecho y lo traslade hasta la dependencia policial. Si la Policía no concurre acercarse a la comisaría a radicar la denuncia, para que se inicie el sumario por Maltrato Animal (ley 14346) y averiguación de posesión del equino. Nunca dejen el animal solo. Pedir la ayuda de otras personas.
3) La denuncia en Comisaría o Fiscalía de la zona les tomará varias horas, por la existencia de otros casos. Tengan paciencia.
4) En la denuncia se debe mencionar que ACMA se hace responsable de la tenencia del equino, en caso que no dispongan de un lugar para ser alojados. Insistan en este punto, puesto que muchas veces no se toman las denuncias por no tener lugar para enviar el animal.
5) Luego de labrado el Acta, el denunciante se puede retirar de la Comisaría, no es necesario que permanezca allí hasta que se apersone algún miembro de ACMA.
6) El equipo de ACMA se encargará de requerir la tenencia, hacer el traslado del animal y el posterior tratamiento veterinario.
7) Recordemos que es un delito de acción pública, se actúa de oficio, una vez realizada la denuncia, por tanto la presencia del denunciante no es necesaria hasta que llegue un miembro de ACMA.
8) No discutir con el personal policial, ellos están para ayudarnos. Si desconocen el procedimiento se les explica cómo se debe proseguir. Nosotros nos comunicaremos con ellos.
B) Si el animal está en propiedad privada:
1) Deberán constatar el estado general del animal, tomando fotos y subiéndolas a la página de AYUDA A CABALLOS MALTRATADOS o enviándolas por mail a: acma@hotmail.com.ar. Sirven como prueba para aportar en el expediente, lo que determinará ser nombradas como depositarias judiciales. Dicho nombramiento depende exclusivamente del Fiscal. Pedimos criterio para evaluar el estado del caballo, influye en la posterior entrega a su poseedor.
2) Por ninguna razón intenten entrar al predio, o llevarse el animal, se estaría incurriendo en otro delito. Tampoco confronten con los supuestos poseedores del animal.
3) Seguir los puntos 2 a 8 del apartado A.
Recordamos la documentación que se debe exigir en estos casos:
Documentación que se debe presentar para acreditar TITULARIDAD del equino:
a) El ganado mayor marcado o menor señalado: en cuyo caso establece una presunción "iuris tantum" de propiedad en favor del titular de la marca o señal, extendiendo esa presunción a las crías aún no marcadas ni señaladas, cuando estén al pie de la madre (art. 9, ley 22.939, Art. 112 Código Rural Prov. Buenos Aires).
b) Hacienda orejana o cuya marca y señal no fuere clara: En éstos supuestos la ley remite al derecho común, es decir al artículo 2412 del Código civil, pero haciendo pasible también a su propietario de las sanciones que establecieran las autoridades locales (art. 10, ley 22.939, art. 112 Código Rural Prov. Buenos Aires). Una de las sanciones que pueden aplicarse en éstos casos es la de presumir la mala fe en el poseedor, apartándose de esta forma de la normativa del artículo 2412 del Código civil. Se sanciona al propietario negligente que no marca ni señala sus animales, atribuyéndole el carácter de poseedor de mala fe. Tal es lo prescripto por el Código rural de Buenos Aires.
c) Animales de pura raza: Respecto de estos la propiedad se probará con el certificado de inscripción en los registros genealógicos y selectivos reconocidos que concuerde con los signos individuales que llevaren los animales (art. 11, ley 22.939).
El derecho sobre la marca o señal se prueba con el BOLETO expedido por el organismo competente, o en su defecto, por las constancias de sus registros. (art. 120 Código Rural Prov. Buenos Aires).
"Todo acto jurídico mediante el cual se transfiera la propiedad de ganado mayor o menor, deberá instrumentarse con un CERTIFICADO DE ADQUISICIÓN que, otorgado por las partes, será autenticado por la autoridad local competente".
Con relación a la SANIDAD EQUINA (Resolución 617/05 SAGPyA) son necesarios los siguientes documentos:
LA LIBRETA SANITARIA EQUINA O PASAPORTE EQUINO
DOCUMENTO PARA EL TRÁNSITO DE ANIMALES (D.T.A.)
CERTIFICADO LIBRE DE INFLUENZA EQUINA
CERTIFICADO LIBRE DE ANEMIA INFECCIOSA EQUINA
CERTIFICADO LIBRE DE ENCEFALOMIELITIS EQUINA (VIRUS ESTE Y OESTE)
REGISTRO DE PREDIOS O LUGARES CON EQUINOS
Agradecemos a todos la colaboración en la lucha por erradicar el maltrato animal.
ACMA
ASOCIACIÓN CONTRA MALTRATO ANIMAL (Tal vez pueda servirles)
Los caballos no estan solos
de AYUDA A CABALLOS MALTRATADOS, el miércoles, 02 de febrero de 2011, 7:49
Queridos seguidores, ACMA Asociación Contra Maltrato Animal, desea transmitirles los pasos a seguir en caso de maltrato animal, para clarificar dudas y agilizar el trámite.
A) Si el animal está en la vía pública y se logró detenerlo:
1) Deberán constatar el estado general del animal, tomando fotos, ya que sirven como prueba para aportar en el expediente, lo que determinará ser nombradas como depositarias judiciales. Dicho nombramiento depende exclusivamente del Fiscal. Pedimos criterio para evaluar el estado del caballo, influye en la posterior entrega a su poseedor maltratador.
2) Llamar a la POLICÏA (911 o tel de comisaría) para que se apersone en el lugar del hecho y lo traslade hasta la dependencia policial. Si la Policía no concurre acercarse a la comisaría a radicar la denuncia, para que se inicie el sumario por Maltrato Animal (ley 14346) y averiguación de posesión del equino. Nunca dejen el animal solo. Pedir la ayuda de otras personas.
3) La denuncia en Comisaría o Fiscalía de la zona les tomará varias horas, por la existencia de otros casos. Tengan paciencia.
4) En la denuncia se debe mencionar que ACMA se hace responsable de la tenencia del equino, en caso que no dispongan de un lugar para ser alojados. Insistan en este punto, puesto que muchas veces no se toman las denuncias por no tener lugar para enviar el animal.
5) Luego de labrado el Acta, el denunciante se puede retirar de la Comisaría, no es necesario que permanezca allí hasta que se apersone algún miembro de ACMA.
6) El equipo de ACMA se encargará de requerir la tenencia, hacer el traslado del animal y el posterior tratamiento veterinario.
7) Recordemos que es un delito de acción pública, se actúa de oficio, una vez realizada la denuncia, por tanto la presencia del denunciante no es necesaria hasta que llegue un miembro de ACMA.
8) No discutir con el personal policial, ellos están para ayudarnos. Si desconocen el procedimiento se les explica cómo se debe proseguir. Nosotros nos comunicaremos con ellos.
B) Si el animal está en propiedad privada:
1) Deberán constatar el estado general del animal, tomando fotos y subiéndolas a la página de AYUDA A CABALLOS MALTRATADOS o enviándolas por mail a: acma@hotmail.com.ar. Sirven como prueba para aportar en el expediente, lo que determinará ser nombradas como depositarias judiciales. Dicho nombramiento depende exclusivamente del Fiscal. Pedimos criterio para evaluar el estado del caballo, influye en la posterior entrega a su poseedor.
2) Por ninguna razón intenten entrar al predio, o llevarse el animal, se estaría incurriendo en otro delito. Tampoco confronten con los supuestos poseedores del animal.
3) Seguir los puntos 2 a 8 del apartado A.
Recordamos la documentación que se debe exigir en estos casos:
Documentación que se debe presentar para acreditar TITULARIDAD del equino:
a) El ganado mayor marcado o menor señalado: en cuyo caso establece una presunción "iuris tantum" de propiedad en favor del titular de la marca o señal, extendiendo esa presunción a las crías aún no marcadas ni señaladas, cuando estén al pie de la madre (art. 9, ley 22.939, Art. 112 Código Rural Prov. Buenos Aires).
b) Hacienda orejana o cuya marca y señal no fuere clara: En éstos supuestos la ley remite al derecho común, es decir al artículo 2412 del Código civil, pero haciendo pasible también a su propietario de las sanciones que establecieran las autoridades locales (art. 10, ley 22.939, art. 112 Código Rural Prov. Buenos Aires). Una de las sanciones que pueden aplicarse en éstos casos es la de presumir la mala fe en el poseedor, apartándose de esta forma de la normativa del artículo 2412 del Código civil. Se sanciona al propietario negligente que no marca ni señala sus animales, atribuyéndole el carácter de poseedor de mala fe. Tal es lo prescripto por el Código rural de Buenos Aires.
c) Animales de pura raza: Respecto de estos la propiedad se probará con el certificado de inscripción en los registros genealógicos y selectivos reconocidos que concuerde con los signos individuales que llevaren los animales (art. 11, ley 22.939).
El derecho sobre la marca o señal se prueba con el BOLETO expedido por el organismo competente, o en su defecto, por las constancias de sus registros. (art. 120 Código Rural Prov. Buenos Aires).
"Todo acto jurídico mediante el cual se transfiera la propiedad de ganado mayor o menor, deberá instrumentarse con un CERTIFICADO DE ADQUISICIÓN que, otorgado por las partes, será autenticado por la autoridad local competente".
Con relación a la SANIDAD EQUINA (Resolución 617/05 SAGPyA) son necesarios los siguientes documentos:
LA LIBRETA SANITARIA EQUINA O PASAPORTE EQUINO
DOCUMENTO PARA EL TRÁNSITO DE ANIMALES (D.T.A.)
CERTIFICADO LIBRE DE INFLUENZA EQUINA
CERTIFICADO LIBRE DE ANEMIA INFECCIOSA EQUINA
CERTIFICADO LIBRE DE ENCEFALOMIELITIS EQUINA (VIRUS ESTE Y OESTE)
REGISTRO DE PREDIOS O LUGARES CON EQUINOS
Agradecemos a todos la colaboración en la lucha por erradicar el maltrato animal.
ACMA
ASOCIACIÓN CONTRA MALTRATO ANIMAL (Tal vez pueda servirles)
“CAMBIA TU FOTO DE PERFIL POR LA DE UN CABALLO DEL 19 DE SETIEMBRE AL 23 DE SETIEMBRE”
DE ESTA MANERA HAREMOS UNA CAMPAÑA EN REPUDIO A LA TRACCION A SANGRE. NO QUEREMOS MAS CABALLOS MURIENDO, SUFRIENDO, AGONIZANDO, NI EXPLOTADOS. DIGAMOS “NO A LA TRACCION A SANGRE”
Se conmemora el 20 de Setiembre el Día Nacional del CaballoFestejo: es una iniciativa de la Federación Ecuestre Argentina; se reconoce así la importancia de este animal en la historia del país.En homenaje a la participación del equino en la organización histórica y económica, y en la vida deportiva de la Argentina, se conmemorará a partir de hoy el Día Nacional del Caballo.Se trata de una iniciativa propuesta por la Federación Ecuestre Argentina, que se encuentra aún en tratamiento legislativo y que centra el festejo en esta fecha en recuerdo de la llegada de Aimé Félix Tschiffely a Nueva York.Este jinete suizo realizó un intenso itinerario por la geografía americana, en un recorrido que se prolongó desde abril de 1925 hasta septiembre de 1928 y que le permitió demostrar la resistencia de los caballos criollos.Aquellos dos fieles equinos, Gato y Mancha, que hoy descansan en la estancia El Cardal junto a los restos del andariego profesor extranjero que los llevó por horizontes lejanos a la Argentina, son un símbolo de la entrega y la fidelidad del caballo a las causas nobles que hicieron historia.
DIFUNDAN. MUCHAS GRACIAS.
ACMA
Ley 24.525
COLABORA CON ESTA CAUSA- SUMATE- PARA QUE ESTA LEY SEA ABOLIDA, DEROGADA O MODIFICADA. Esta ley NO presenta restricciones para faenar caballos. Esta ley autoriza la faena de caballos de cualquier edad y para cualquier destino, incluido consumo humano. Si bien la matanza equina destinada para la alimentación, estaba permitida desde el '95, Existía una restricción: " la faena de animales menores de 12 años, en el caso de los machos, y 15 para las hembras". La ley actual "ESTIMULA LA MATANZA MASIVA DEL ANIMAL Y LOS ROBOS DE CABALLOS, EL CUATRERISMO, como asi tambien genera INSEGURIDAD a los ciudadanos, y FOMENTA la VIOLACION DE REGLAMENTACIONES por SENASA, TRANSPORTISTAS, LA POLICIA, COMERCIOS INTERNOS Y CARNICERIAS. A la fecha, Argentina mediante esta ley, estimula la DELINCUENCIA, ya que aquellos caballos que han sido ROBADOS, se faenan en el lugar para consumo interno o son transportados con libretas falsas de SENASA con la ayuda del acopiador, a los frigoríficos. Allí, sin verificación de la documentación presentada, son faenados. El negocio de la carne de caballo mueve ahora unos 80 millones de dólares anuales, principalmente en exportaciones, siendo una triste realidad, hoy esta carne se utiliza en hamburguesas y embutidos locales de la Argentina.Bechis Bibiana
martes, 2 de agosto de 2011
En una hacienda viven dos caballos, de lejos, parecen caballos como los otros, pero cuando se observa bien, se percibe que uno de ellos es ciego. Aún así, el dueño no se deshizo de él y le consiguió un amigo, un caballo más joven, al cual le puso una campana en el cuello. Así, el caballo ciego sabe donde está su compañero y va hasta él. Ambos pasan los días corriendo y al final de la jornada, el caballo ciego sigue al compañero hasta el establo. El caballo con la campana está siempre mirando si el otro lo acompaña, y algunas veces para, así el otro puede alcanzarlo. El caballo ciego se guía por el sonido de la campana, confiando que el otro lo esté llevando por el camino correcto.
Como el dueño de esos dos caballos, Dios no nos rechaza porque no somos perfectos, más bien Él cuida de nosotros y hace que otras personas vengan en nuestro auxilio cuando lo necesitamos. Algunas veces somos el caballo ciego, guiados por sonidos de las campanas de aquellos que Dios pone en nuestras vidas. Otras veces, somos el caballo que guía, ayudando a otros a encontrar el camino.
Así son los buenos amigos, tú no necesitas verlos, pero sabes que allí están. Por favor oye las campanas de otros, que ellos oirán la tuya.
viernes, 22 de julio de 2011
Mar del `'Plata Robo de Caballos
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Sin saberlo, la gente consume la carne de caballo en chorizos o carne picada
Diez animales aparecieron descuartizados en el camino viejo a Miramar. Los robos ocurrieron en Parque Hermoso, Acantilados y Serena. La carne de los caballos es vendida en el mercado ilegal. Anoche descubrieron un domicilio donde se faenaban animales y se investiga si tiene relación con los hechos denunciados.
Por las noches aparecen en la ruta, en medio del campo. Armados con tenazas, los menores de edad ingresan en los potreros cortando alambrados. Eligen un caballo, lo montan y se escapan. Horas más tarde, el animal es vendido en el mercado ilegal.
Según los vecinos, los casos de cuatrerismo son una constante en la provincia de Buenos Aires y las denuncias aumentan a medida que suben los precios de la carne equina en el mercado de exportación.
Mar del Plata no escapa a esta situación: en la última semana fueron robados más de 25 caballos en la zona sur (Parque Hermoso, Acantilados y Serena) y diez de ellos aparecieron descuartizados cerca del basural, en el camino viejo a Miramar, a unas cinco cuadras de la escuela Nº 44.
“Por cada animal faenado quedan 300 kilos de carne, que luego es vendida a las carnicerías. Esto es muy peligroso para los consumidores, porque la mercadería no tiene ningún tipo de control de Bromatología ni del Senasa”, advierte Arturo Otero, uno de los vecinos que se mostró preocupado por el aumento de los robos rurales.
Los damnificados aseguran que se sienten desprotegidos.
Y cuentan que los cuatreros, por lo general, son menores llevados por un acopiador.
Se les pagaría unos $ 100 por animal robado y, luego, el acopiador puede venderlo a un promedio de $ 1.500 en el mercado ilegal.
Otro aspecto que facilita el robo de equinos, dicen, es la poca trazabilidad (seguimiento que se le hace al animal desde que nace hasta que es faenado) que tiene este ganado en comparación con el bovino, por ejemplo.
Los asaltos se cometen semanalmente y los cuatreros conforman organizaciones que actúan con sincronización horaria, comunicados mediante radios, y camiones último modelo para transportar hacienda.
El primer caso, que recién trascendió ayer, ocurrió el viernes pasado en una quinta ubicada en Tetamanti al 6800, en el barrio Parque Hermoso, donde fueron robados dos caballos, un pura sangre y un mestizo. La damnificada, Alejandra Palomo, realizó la denuncia policial pero no se quedó de brazos cruzados: inició una búsqueda para encontrar a los animales. Cuatro días después la mujer halló los restos descuartizados de ambos cerca de la zona del basural. Allí en las últimas horas también aparecieron faenados varios caballos más.
Palomo, que hasta el robo utilizaba los animales como hobby para hacer cabalgatas durante los fines de semana, se mostró consternada tras el violento hecho.
“Los restos de mis caballos aparecieron cortados en partes entre unas plantas de un monte. Para mí fue un momento muy desesperante, traumático y triste”, contó.
La damnificada dijo que por el momento no hay testigos del robo (“nadie vio nada”) y cuestionó a la policía. “Alguien atrás está apañando todo esto, se tapa los ojos y no quiere ver ni escuchar lo que sucede”, sostuvo. Además, señaló que detrás de esta metodología delictiva actúa una organización muy grande. “La causa ya llegó a tribunales.
No sólo robaron mis dos caballos, sino que el fin de semana pasado a tres amigos míos también les sustrajeron dos animales más a cada uno”, relató.
Palomo explicó que los delitos rurales suelen ser cometidos por menores. Y dio detalles de la metodología que utilizan: “Roban los caballos del campo y los llevan a un lugar donde los tienen como secuestrados.
Allí los acopian dos o tres días y luego alguien los carnea para vender la mercadería en las carnicerías de barrio. Sin saberlo, la gente consume la carne de caballo en chorizos o carne picada.
Es una realidad muy triste y angustiante” ■