viernes, 10 de junio de 2011

HACER CUMPLIR LA LEY DE PROTECCION AL ANIMAL ES UN DERECHO Y UN DEBER LEY 14.346




Tener en cuenta:
El maltrato animal es un delito penado por el Código Penal y puede ser denunciado por cualquier persona mayor de 18 años. El trámite para realizar una denuncia es gratuito y es un derecho cívico.

LEY 14.346- PROTECCION DE LOS ANIMALES.

Procedimiento para concretar una denuncia en Capital Federal, en la Provincia de Buenos Aires y en el interior del país.

*Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presenció el acto o que tiene información sobre el hecho edilicio.

*El/la denunciante debe ser mayor de edad (18 años) y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.

*La denuncia puede realizarse por escrito o en forma oral, en este caso el Oficial o Funcionario Público que la reciba deberá entregarle al denunciante una copia de la denuncia formulada.

¿En qué lugar puedo efectuar la denuncia?

Si el hecho ocurrió en Capital Federal:

*Unidades de Orientación y Denuncia: Desde diciembre de 2007, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran habilitadas las Unidades de Orientación y Denuncia. En las mismas se pueden efectuar denuncias sobre maltrato y/o abandono animal. No trabajan zonalmente, motivo por el cual la denuncia puede realizarse en cualquiera de las unidades. Ellos elevan el caso a la fiscalía correspondiente en el plazo de 24 hs.

Para mayor información: http://www.mpf.jusbaires.gov.ar
Unidades de Orientación y Denuncia
Combate de los Pozos 155 “PB”
De 09.00 hs a 20.00 hs
Tel/fax: (011) 4011 – 1400


Si el hecho ocurrió en La Provincia de Buenos Aires:

*Comisaría ó UFI (Unidad Fiscal de Instrucción) correspondiente al lugar en dónde ocurrió el hecho.

ES OBLIGACION del Funcionario Público (en caso de la UFI) y del Oficial de Ley (en caso de una Comisaría) tomar la denuncia: LA LEY 14.346 PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. No acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”, la denuncia debe ser PENAL.
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Es importante describir los hechos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del responsable de dicho hecho y cualquier otro dato que se considere importante, como así también tomar fotografías o filmar, estos elementos pueden facilitar la investigación.

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Tracción a Sangre:

En Capital Federal, La Ordenanza Municipal Nº 12.867 prohíbe la tracción a sangre.

*Llamar al 0800-333-47225 (las 24hs) Envían un móvil policial, y la denuncia se eleva a la fiscalía, pedir copia de la denuncia. En caso de no enviar un móvil llamar al 911 y pedir un móvil.

En San Isidro,


*En caso de ver tracción a sangre en cualquier zona del partido, denunciar inmediatamente en la Inspección General de la Municipalidad de San Isidro:

Tel. 4512-3411/3011.
En el interior del país,

*Se puede hacer la denuncia por maltrato animal en la Comisaría correspondiente al lugar del hecho, de acuerdo con la Ley de Protección al Animal 14.346.

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